Assicuratrice Milanese S.p.A Sucursal en España pone a disposición de sus clientes, en todas y cada una de las oficinas abiertas al público, así como en nuestra página web la información siguiente:
- Assicuratrice Milanese S.p.A Sucursal en España cuenta con un Servicio de Atención al Cliente. Las quejas y reclamaciones podrán ser presentadas ante el Servicio de Atención al Cliente, en cualquier oficina abierta al público de la entidad, así como en la dirección de correo electrónico:
Calle Pascual y Genis, 1, 7º – 46002 Valencia
atencionalcliente@assicuratricemilanese.com
- Assicuratrice Milanese S.p.A Sucursal en España atenderá y resolverá las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes, en el plazo de dos meses desde su presentación en el Servicio de Atención al Cliente.
- Informarle que es necesario agotar la vía del Servicio de Atención al Cliente de Assicuratrice Milanese S.p.A Sucursal en España para poder formular las quejas y reclamaciones ante el Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones de la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones:
Paseo de la Castellana, 44 – 28046 Madrid. 952 24 99 82
- El Reglamento para la Defensa del Cliente de Assicuratrice Milanese S.p.A Sucursal en España se encuentra a su disposición en nuestra web.
Referencias a la normativa de transparencia y protección del cliente de servicios financieros:
La Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, adopta en su capítulo V una serie de medidas protectoras de los clientes de servicios financieros. Establece la obligación para las entidades financieras, de atender y resolver las quejas y reclamaciones que sus clientes puedan presentar, relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconocidos. A estos efectos, las entidades de crédito, empresas de servicios de inversión y entidades aseguradoras deberán contar con un departamento o servicio de atención al cliente.
El artículo 31 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, habilita al Ministro de Economía para regular los requisitos a respetar por el departamento o servicio de atención al cliente y el defensor del cliente, así como el procedimiento a que someta la resolución de las reclamaciones.
Informarle que tras la decisión con que finalicen los procedimientos de tramitación de quejas y reclamaciones y, en caso de disconformidad con el resultado del pronunciamiento, el reclamante tendrá la facultad de acudir al Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones de la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensione